Consta en las actuaciones el siguiente informe de tasación emitido por el Sr. Perito Judicial:
José María Martinez-Abarca Artiz, Agente de la Propiedad Inmobiliaria, inscrito con el número 292 en el correspondiente Colegio Oficial de esta Región. Designado perito por el Juzgado de Primera Instancia número Ocho de Murcia de conformidad con lo establecido en el artículo 638 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil, para la tasación de bienes en el procedimiento de Ejecución de Títulos Judiciales número 50203/04 a instancias de la CAJA RURAL CENTRAL S.COOP.C. contra Dª DOLORES S. C. y otros.
He pasado a reconocer los motivantes del presente y tras su estudio emito el siguiente:
DICTAMEN
I.- OBJETO DEL TRABAJO
1) Se pretende fijar el valor del inmueble que después se describe con el objeto de efectuar su posterior subasta.
2) Siendo el servicio solicitado facultad propia de los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria conforme a lo establecido en la letra d) del artículo 1º del vigente Reglamento General de la Profesión (Decreto 3.248/69 de 4 de Diciembre), acepto el encargo y procedo a su despacho.
II.- BIENES SOMETIDOS A ESTUDIO:
Se me facilita fotocopia de la Nota Simple expedida por el Registro de la Propiedad Número Cinco de Alicante, cuyo tenor literal es el siguiente:
URBANA.- Elemento número Once. Vivienda derecha situada en la primera planta alta del edificio sito en la Carretera de Agost, número nueve de policía, de San Vicente del Raspeig, con acceso a través de escalera común. Designada de tipo B. Ocupa una superficie de noventa y dos metros, cinco decímetros cuadrados útiles. Se distribuye en vestíbulo, distribuidor, estar-comedor, cuatro dormitorios, dos baños, cocina y pasillo de acceso del vestíbulo al distribuidor, en su parte existe una pequeña terraza. Linda al frente, con Carretera de Agost; al fondo, patio de luces del edificio; a la derecha, con Remedios P. P.; y a la izquierda, con caja de escalera, patio de luces y vivienda tipo A de esta misma planta.
REFERENCIA CATASTRAL: 6131017YH1563S0012HM
INSCRIPCION: Inscrito en el tomo 1555, libro 386 de San Vicente, folio 156, finca número 35.362.
III.- METODO DE VALORACION.-
La valoración del inmueble se realizará de acuerdo con los criterios establecidos en la Ley 6/1998 de 13 de Abril sobre Régimen del Suelo y Valoraciones. Dicha valoración se realizará a través del método de comparación a partir de fincas análogas, próximas y de similares características, aplicando la Orden ECO 805/2003 de 27 de Marzo sobre Normas de Valoración de Bienes Inmuebles.
IV.- CIRCUNSTANCIAS A TENER EN CUENTA.
Se halla situado en un barrio dentro del casco urbano compuesto por viviendas de planta baja de construcción antigua alternadas con edificios de varias alturas de reciente construcción. El que nos ocupa tiene una antigüedad aproximada de veinte años, con buena apariencia exterior, y con fachada a calle principal. En cuanto al entorno socio-económico, se podría considerar de un nivel medio, predominando el pequeño comercio.
Tras recoger información a través de gentes del lugar, me manifiestan que no existe una gran actividad en cuanto a compraventa de inmuebles de segunda mano, coincidiendo en cuanto a los precios medios de la zona considerando las ultimas transacciones así como la escasa oferta que existe en la actualidad.
Dicha vivienda está, en la actualidad, ocupada.
JUSTIPRECIO
Teniendo presentes las circunstancias expuestas, cuantas otras afectan al inmueble objeto de estudio y conjugándolas con las concurrentes en el mercado inmobiliario, fijo el valor del mismo en el PRECIO DE CIENTO SESENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA EUROS Y TRES CENTIMOS (160.350,03 €).
Lo expuesto es cuanto tengo que manifestar en cumplimiento del encargo recibido y, para su constancia y sometiendo mi criterio a otro mejor fundado libro el presente, que firmo en Murcia a diecisiete de Mayo de dos mil siete.
He pasado a reconocer los motivantes del presente y tras su estudio emito el siguiente:
DICTAMEN
I.- OBJETO DEL TRABAJO
1) Se pretende fijar el valor del inmueble que después se describe con el objeto de efectuar su posterior subasta.
2) Siendo el servicio solicitado facultad propia de los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria conforme a lo establecido en la letra d) del artículo 1º del vigente Reglamento General de la Profesión (Decreto 3.248/69 de 4 de Diciembre), acepto el encargo y procedo a su despacho.
II.- BIENES SOMETIDOS A ESTUDIO:
Se me facilita fotocopia de la Nota Simple expedida por el Registro de la Propiedad Número Cinco de Alicante, cuyo tenor literal es el siguiente:
URBANA.- Elemento número Once. Vivienda derecha situada en la primera planta alta del edificio sito en la Carretera de Agost, número nueve de policía, de San Vicente del Raspeig, con acceso a través de escalera común. Designada de tipo B. Ocupa una superficie de noventa y dos metros, cinco decímetros cuadrados útiles. Se distribuye en vestíbulo, distribuidor, estar-comedor, cuatro dormitorios, dos baños, cocina y pasillo de acceso del vestíbulo al distribuidor, en su parte existe una pequeña terraza. Linda al frente, con Carretera de Agost; al fondo, patio de luces del edificio; a la derecha, con Remedios P. P.; y a la izquierda, con caja de escalera, patio de luces y vivienda tipo A de esta misma planta.
REFERENCIA CATASTRAL: 6131017YH1563S0012HM
INSCRIPCION: Inscrito en el tomo 1555, libro 386 de San Vicente, folio 156, finca número 35.362.
III.- METODO DE VALORACION.-
La valoración del inmueble se realizará de acuerdo con los criterios establecidos en la Ley 6/1998 de 13 de Abril sobre Régimen del Suelo y Valoraciones. Dicha valoración se realizará a través del método de comparación a partir de fincas análogas, próximas y de similares características, aplicando la Orden ECO 805/2003 de 27 de Marzo sobre Normas de Valoración de Bienes Inmuebles.
IV.- CIRCUNSTANCIAS A TENER EN CUENTA.
Se halla situado en un barrio dentro del casco urbano compuesto por viviendas de planta baja de construcción antigua alternadas con edificios de varias alturas de reciente construcción. El que nos ocupa tiene una antigüedad aproximada de veinte años, con buena apariencia exterior, y con fachada a calle principal. En cuanto al entorno socio-económico, se podría considerar de un nivel medio, predominando el pequeño comercio.
Tras recoger información a través de gentes del lugar, me manifiestan que no existe una gran actividad en cuanto a compraventa de inmuebles de segunda mano, coincidiendo en cuanto a los precios medios de la zona considerando las ultimas transacciones así como la escasa oferta que existe en la actualidad.
Dicha vivienda está, en la actualidad, ocupada.
JUSTIPRECIO
Teniendo presentes las circunstancias expuestas, cuantas otras afectan al inmueble objeto de estudio y conjugándolas con las concurrentes en el mercado inmobiliario, fijo el valor del mismo en el PRECIO DE CIENTO SESENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA EUROS Y TRES CENTIMOS (160.350,03 €).
Lo expuesto es cuanto tengo que manifestar en cumplimiento del encargo recibido y, para su constancia y sometiendo mi criterio a otro mejor fundado libro el presente, que firmo en Murcia a diecisiete de Mayo de dos mil siete.
Al existir cargas preferentes, el valor fijado por el Sr. Perito Judicial no es el valor del bien a efectos de subasta, ya que quien adquiera el bien en subasta tiene que hacerse cargo de su pago, por la Sra. Secretaria Judicial se ha practicado la correspondiente liquidación de cargas, que es la siguiente:
CARGAS PREFERENTES:
- Inscripción 6ª : A favor de Argentaria Caja Postal y Banco Hipotecario S.A. con un Importe Total de 59.197,88 euros. (comunicación 21/12/2006)
- Anotación Embargo Letra A prorrogado en Letras H , a favor de Caja Rural Central Sociedad Cooperativa de Crédito , en virtud de procedimiento seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Molina de Segura _ juicio ejecutivo nº 22/2000 , por un total 72.976,03 euros ( principal 48.935,55 euros y 24.040,48 euros)
IMPORTE TOTAL DE LAS CARGAS ANTERIORES: 132.173,91 euros.
Como consecuencia de ello, el valor del bien a efectos de subasta es de 28.176,12 euros.